Acaba de hacerse oficial la nueva reforma laboral en Argentina. El Gobierno la promulgó el viernes pasado a través del Decreto 137/2026, así que ya está en vigencia la Ley 27.802 que modifica bastantes cosas del régimen de trabajo.



Lo interesante es que esta reforma laboral toca prácticamente todos los aspectos: desde cómo se calculan las indemnizaciones hasta cuántas horas podés trabajar por día, pasando por vacaciones, registración y hasta cómo se financian los despidos. Según el Gobierno, la idea es mejorar la formalización laboral y darle más flexibilidad al mercado de trabajo.

En cuanto a la jornada laboral, mantiene el estándar de 8 horas diarias o 48 semanales, pero ahora permite acuerdos entre empleador y trabajador para jornadas de hasta 12 horas diarias si se establece un sistema de compensación de horas extra. Hay bancos de horas para que se compense la mayor carga de un día con otro. Todo esto siempre respetando un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.

Las vacaciones también cambian. Ahora se puede negociar cuándo tomarlas, aunque el empleador debe otorgar al menos una vez cada tres años el descanso en temporada de verano. Lo novedoso es que pueden fraccionarse en tramos de 7 días mínimo, no necesariamente de corrido.

Uno de los cambios más importantes tiene que ver con los despidos. Se creó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para financiar indemnizaciones. Las grandes empresas deben aportar el 1% de la remuneración bruta mensualmente, con posibilidad de llegar hasta 1,5%. Las MiPyMEs aportan 2,5% con potencial de 3%. Este fondo entra en vigor el 1 de junio de 2026.

La reforma laboral también introduce cambios en cómo se calcula la indemnización. Ahora se toma la mejor remuneración mensual del último año, pero excluyendo aguinaldo y vacaciones. Hay un tope de tres veces el salario promedio del convenio aplicable.

En temas de salarios, se permite incorporar componentes variables basados en productividad o mérito, sin que generen derechos por costumbre. Es decir, la remuneración puede adaptarse a factores de desempeño. Además, las propinas ya no se consideran remuneratorias, así que no afectan indemnizaciones ni SAC.

La registración se centraliza en ARCA, lo que simplifica bastante el trámite. Ahora es suficiente registrarse ahí sin requisitos adicionales de otras autoridades. Se permite digitalizar libros laborales aunque deben conservarse los originales 10 años.

Hay dos programas para incentivar la formalización: el RIFL para nuevas contrataciones con aportes patronales reducidos durante los primeros 48 meses, y el PER que ofrece condonación de hasta 70% de deudas por aportes para empleadores que regularicen personal.

En cuanto a huelgas y conflictos, la reforma laboral establece coberturas mínimas obligatorias: 75% en servicios esenciales como salud, agua, electricidad y educación; 50% en actividades trascendentales como transporte y bancos. Cualquier medida de fuerza debe comunicarse con 5 días de antelación.

En lo procesal y judicial, los cambios incluyen actualización de créditos por IPC más 3% anual, pago en cuotas de sentencias (hasta 6 cuotas para grandes empresas, 12 para MiPyMEs), y límite de costas procesales en 25% del monto de la sentencia. Se reduce la caducidad de instancia a 6 meses en primera instancia y 3 en segunda.
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